Los objetivos y productos de esta tarea son:
- Analizamos, realizando un informe, los tipos de matrimonio durante la Edad Media y buscamos una salida a nuestro reto. Y redactamos una cata a la duquesa para darle a conocer nuestro amor y las opciones que tenemos de matrimonio.
Pasos o instrucciones: Desarrollo de la tarea
- Creamos nuestra carpeta de trabajo
- Abrimos en la carpeta de archivo de nuestro equipo una carpeta denominada "MISIÓN 6. Tarea La única salida" en la que crearemos un documento de texto para el informe.
- Analizamos los tipos de matrimonio para buscar una salida
- Primero leermos con detenimiento los textos adjuntos y realizamos un informe con las conclusiones. Después elegimos el tipo de matrimonio que más nos conviene, si es que lo hay y redactamos una carta dirigida a la duquesa para darle a conocer nuestras intenciones y el amor que sentimos por ella.
El matrimonio pactado
La diferencia entre los dos primeros estamentos, o estamentos privilegiados (nobleza y clero) y el tercer estamento, tercer estado o estado llano estaba en la situación de privilegio, que explicitaba la condición desigual de las personas, tanto jurídica como socialmente.
Los individuos que pertenecían a estamentos superiores, se casaban entre ellos, tanto para mantener unidas las herencias como para no dejar entrar a miembros del tercer estado en él (en la evolución hacia la sociedad de clases, los burgueses tendieron a buscar enlaces matrimoniales con nobles para que la familia adquiriera títulos, mientras los nobles, que poseían tierras y títulos, que en esa época dejaron de tener mucho valor material, podían unirse a una familia rica, como eran las burguesas).
La movilidad social entre los estamentos era minima aunque podia lograrse por medio del matrimonio o acceso al titulo nobiliario como recompensa por servicios o favores realizados a la nobleza. Los plebeyos podian acceder a estratos más altos mediante la compra de los titulos.
La tradición medieval, establecía, que la que la mayoría de los matrimonios, ante todo los del ámbito aristrocrático, se pactaban entre las familias por beneficio mutuo.
Una de las rebeliones contra la decisión paternal más conocida data del siglo XIII. Su protagonista fue Santa Inés de Bohemia, la hija de Přemysl Otakar I, a cuya decisión se opuso en dos ocasiones. Tras la muerte de su padre, el hermano de Inés, Venceslao I, le dio permiso para que ella misma tomara el rumbo de su vida. La princesa decidió consagrar su vida a Dios y al cuidado de los pobres y enfermos. En 1874 fue canonizada.
Tipos de matrimonio
El matrimonio en la Alta Edad Media en España es una institución de carácter civil que pasó a tener una concepción más sacramental en la Baja Edad Media.
Existían dos tipos de matrimonio:
El matrimonio legal que se dividía en dos fases;
- Los esponsales; era un contrato firmado entre el padre de la mujer y el marido, y se acordaba sin necesidad de obtener el consentimiento de la mujer o con esta en minoría de edad. El novio pagaba una dote que consistía en la entrega de un patrimonio en tierras, castillos, siervos..., que en la España altomedieval se fijaba por escrito en un documento legal llamado «carta de arras».
- La entrega de la esposa o boda: era un ceremonia solemne y festiva y después la mujer salía de la casa paterna para habitar en la del marido. El único efecto legal que tenía la entrega de la esposa era que la patria potestad sobre la mujer pasaba del padre al marido. Era el momento de la primera noche de bodas, transcurrida la cual, la mujer recibía a cambio de su virginidad un regalo del marido.
Además del matrimonio legal, existía otra forma de desposarse cuando los novios pactaban casarse sin el consentimiento de las familias y sin alcanzar el acuerdo jurídico establecido por los esponsales: el «matrimonio a escondidas de la autoridad paterna.. Tenía efecto con el simple consentimiento mutuo ante un testigo, a ser posible clérigo. En este caso el padre continuaba poseyendo la patria potestad legal de la hija.
Era habitual en los casos en que los contrayentes no habían conseguido obtener el consentimiento de la familia de la mujer, en cuyo caso los esposos se prometían matrimonio ante testigos (preferentemente un clérigo), sin más necesidad que la palabra mutua de casarse. No había, en este caso, esponsales ni acuerdo jurídico alguno con la familia del padre de la novia, que no perdía la patria potestad, ni ceremonia alguna. Por ello recibió el nombre de «matrimonio a furto» (a escondidas). Tampoco el marido, por tanto, entregaba dote alguna, aunque sí la donación de la mañana. El símbolo de la promesa, con el tiempo, lo constituyó el anillo de desposados. Este fue el acto que, posteriormente, la iglesia católica adoptó como elemento definitorio de la unión matrimonial sacramental, en perjuicio del acuerdo de esponsales, que era el elemento válido a todos los efectos en el matrimonio altomedieval legal.
Fue también habitual una unión entre personas sin matrimonio por el que las dos partes cohabitaron en barraganía o amancebamiento, lo cual no excluía totalmente ciertos derechos de herencia para la mujer y para los hijos de la pareja, sin que llegara a considerarse un concubinato de nula validez legal.
La opinión de la iglesia. La formación del vínculo y los matrimonios clandestinos
Matrimonium manifestum y matrimonium clandestinum
La Iglesia, al aceptar la teoría consensual de la formación del matrimonio, estaba ofreciendo, indudablemente, muchas facilidades a aquellos que estaban dispuestos a contraer el vínculo matrimonial. Pero admitir que el matrimonio podía ser válido únicamente mediando el solo consensu de los contrayentes, sin ninguna otra formalidad o publicidad, implicaba también algunos riesgos: una persona podía contraer en secreto –una o varias veces– sin que quedaran testimonios de dicha unión y, posteriormente, contraer con otra persona un segundo matrimonio de forma solemne.
La existencia del matrimonio secreto dependía exclusivamente del reconocimiento que los cónyuges hicieran del mismo; sólo en este supuesto se consideraba nulo el segundo matrimonio con el correspondiente daño que se le podía infligir al segundo contrayente de buena fe.
Pero el matrimonio clandestino, desconocido y falto de pruebas, no era menos válido en sí mismo: aquellos que después de haber contraído secretamente se casaban con una tercera persona incurrían en un adulterio perpetuo según manifestó Graciano.
La lucha contra los matrimonios clandestinos la inició Alejandro III. A pesar de los problemas ocasionados por los matrimonios clandestinos, lo cierto es que la Iglesia, hasta el siglo XII, mantuvo una posición permisiva respecto a ellos. Por tanto, la actitud de Alejandro III no podía ser más flexible: la iglesia no debe contrariar este tipo de matrimonios y dejar al arbitrio de los contrayentes la potestad de hacerlos públicos, en cuyo caso la Iglesia está en obligación de aceptarlos como si se hubieran celebrado en la propia Iglesia. Únicamente en el supuesto de que los matrimonios clandestinos encubrieran un impedimento dirimente –generalmente la consanguinidad– debían de ser anulados. Y ante la denuncia del obispo de Salerno de que en su diócesis se multiplicaban los matrimonios clandestinos, desencadenando numerosos problemas, Alejandro III le indicó que los contraventores fueran amenazados con la excomunión, pues los matrimonios no debían ser celebrados en secreto, sino ante testigos idóneos.
En conclusión, podemos observar que con anterioridad al Decreto de Graciano (1140-1142) en el seno de la Iglesia había dos grandes tendencias sobre la concepción
del matrimonio, ambas recogidas en las normativas de las iglesias nacionales. La primera, inspirada en los textos de las Escrituras y, tal vez, en concepciones populares, era la formulada en el siglo IX por Hícmar de Reims, según la cual se consideraba que el matrimonio no tenía lugar en realidad –ni era, en consecuencia, un sacramento– hasta que no se producía la unión carnal de los cónyuges.
La segunda, representada por los maestros parisinos (Fulberto de Chartres e Ivo de Chartres), consideraba que el matrimonio ya se encuentra formado desde el momento en que los cónyuges manifiestan su voluntad de tenerse por tales. Para dichos autores, la desponsatio, que significa tanto promesa jurada como consentimiento matrimonial, era irrevocable e indisoluble.
Hemos visto más arriba cómo en algunas iglesias nacionales la costumbre era la de dar prioridad al consentimiento seguido de cópula; frente a esta práctica, parece que el criterio preponderante –pero no definitivo ni oficial– de Roma había sido el contrario, es decir el consensual. Ahora, en esta decretal, Alejandro III se manifiesta de manera rotunda con la intención de dar un valor oficial y definitivo a la tesis consensualista.
Herramientas TIC
- Google Drive para la creación de la carpeta compartida de nuestro equipo, un documento para el informe y la carta.
Diario de aprendizaje
Tras realizar la segunda tarea del proyecto, es un buen momento para reflexionar en qué estado se encuentra nuestro trabajo. Abrimos la carpeta DRIVE del equipo y creamos un documento llamado "Nuestro diario de aprendizaje" y completamos una nueva entrada titulada "Tarea Mapeamos ¿Cómo quedaría España si se derritieran los polos? " en nuestro blog de aula.
La evaluación de la tarea la vamos a realizar mediante la "Rúbrica de la entrada blog (porfolio)" para Drive o en papel Rúbrica de la entrada blog (porfolio)
Redactamos la entrada
La entrada debe tener estos contenidos:
- Resumen de las tareas y actividades que hemos resuelto en este apartado.
- Enlaces de consulta de los materiales que hemos creado.
- Materiales y recursos que hemos usado: enlaces de consulta, materiales de evaluación, guías...
- Al menos tres frases que expliquen qué hemos aprendido y qué destacaríamos de lo aprendido hasta ahora
- Valoras del funcionamiento de nuestro equipo y de nuestras aportaciones.
- Dudas y dificultades: Términos o conceptos no entendemos correctamente, preguntas sobre el desarrollo del proyecto...
- Cómo podríamos mejorar para el resto del proyecto.
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